miércoles, 19 de diciembre de 2007

Sobre la Ley de Igualdad

La ley de igualdad efectiva de mujeres y hombres: un paso adelante.
(The law on effective equality between men and women: a step forward)
FUENTE: GACETA SANITARIA. 2007 SEP;21(5)
Glòria PérezAgència de Salut Pública de Barcelona. Barcelona. España.
Resumen


Aunque muy frecuentemente sexo y género parecen términos intercambiables, la distinción entre ambos es crucial. Sexo se refiere a la información cromosómica determinada en el momento de la concepción y, por tanto, es una característica biológica, mientras que género es una categoría social. En el concepto de género se incluyen todos los factores asociados a las diferentes formas de socialización de los hombres y de las mujeres y, por tanto, todo lo que tiene que ver con los roles familiares y sociales que determinan las expectativas laborales, entre otras.

La sociedad asigna papeles diferentes a hombres y mujeres, tanto en el campo laboral y social como en el familiar. En este contexto, se generan desigualdades entre hombres y mujeres, de forma que se acepta como «normal» que los hombres tengan un papel central en la vida laboral y social y, en cambio, aún persiste la idea de que el ámbito natural de las mujeres es el familiar. Para los hombres, el trabajo productivo que lleva al reconocimiento social y económico permite decidir sobre la trayectoria vital y, por tanto, posibilita el control de la propia vida. Para las mujeres, el trabajo reproductivo supone además una obligación moral, ya que la renuncia a éste acarrea la estigmatización y la culpabilidad.


En este contexto de división sexual del trabajo, y a pesar de la incorporación de las mujeres al mercado laboral en España, éstas no están presentes de forma igualitaria en el ámbito laboral: la tasa de actividad femenina era del 43%, frente al 65% de los hombres en el último trimestre de 2006. Las mujeres sufren desigualdades en el medio laboral, con empleos más precarios: 8 de cada 10 son contratos temporales, el 78% de los contratos son a tiempo parcial y ocupan puestos menos cualificados (segregación vertical). Además, las ocupaciones de las mujeres se centran en pocos sectores de la actividad económica (segregación horizontal). Los puestos de responsabilidad no están repartidos de forma igualitaria y, en cualquier caso, a igualdad de responsabilidad y de competencia, los sueldos de las mujeres son más bajos que los de los hombres, situación que se define como «brecha salarial» (la diferencia de salario bruto entre hombres y mujeres es del 29%). Esta situación también se produce entre los grupos profesionales más privilegiados, de forma que sólo 3 de cada 10 directivos de empresas son mujeres y cobran menos, por lo que la brecha salarial entre hombres y mujeres en este caso es del 26%.

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